1844: el 6 de noviembre se promulgó la primera Constitución de la República Dominicana, en San Cristóbal.
10: la cantidad de años que estuvo vigente, ya que en 1854 se suprimió el artículo 210, que extralimitaba el poder Ejecutivo y limitaba los poderes del Congreso y la Suprema Corte.
1,500,000: el precio en libras esterlinas del primer empréstito (tipo de préstamo) que rechazó la Asamblea Legislativa. Fue la primera decisión contra el Poder Ejecutivo de entonces (Junta Central Gubernativa).
210: el número que tuvo, posteriormente, el artículo que dio amplios poderes a la Junta Central Gubernativa, liderada por Pedro Santana: «Durante la guerra actual y mientras no esté firmada la paz, el Presidente de la República puede libremente organizar el ejército y la armada, movilizar las guardias nacionales y tomar todas las medidas que crea oportunas para la defensa y la seguridad de la Nación; pudiendo en consecuencia, dar todas las órdenes, providencias y decretos que convengan, sin estar sujeto a responsabilidad alguna.» Tras su aprobación se aprobó la Constitución
1858: empieza a regir la nueva Constitución de Moca.