Presidente de Argentina elimina una ley que evitaba la competencia entre empresas en las licitaciones públicas

«Mientras algunos quieren cuestionar la honorabilidad del presidente de los argentinos, Javier Milei, él erradica la corrupción de raíz. El Decreto Delegado 105/25: con la firma del presidente y del ministro Francos pone fin a 80 años de corrupción en la obra pública de Argentina.»

Con estas palabras, Federico Sturzenegger, ministro de Desregulación y Transformación del Estado de Argentina, inició una publicación en X, vinculada al escándalo de las criptomonedas y Milei que ha sido conocido en el mundo entero en estos días.

«Imaginen un sistema donde hay que adjudicar 10 obras de 10 millones cada una. Asumamos, porque ayuda a hacer el ejemplo sencillo, que hay también 10 empresas. ¿Como podrían hacer esas empresas para repartirse las obras sin competir? Muy simple: inventamos el concepto «capacidad de contratación» y decimos (porque sarasa y coso) que cada empresa en el sistema solo tiene capacidad para hacer obras por un total de 10 millones. Listo. Cada empresa sabe que le tocará una de las obras y nadie tiene que competir porque todos tienen su tajada asegurada.

Aunque esto parece una grosería extrema, así funcionaba el Registro de Constructores instaurado por el Artículo 13 de la Ley de Obras públicas 13.064 de la presidencia de Perón (la primera). ¿Una locura no? Y qué cosa che… ¡no lo cambió ningún gobierno en 78 años! Todos fingieron demencia. Hasta que tuvo que llegar el primer presidente dispuesto a cambiar las cosas en serio:
El nuevo sistema se base en los siguientes principios:

-Se elimina el concepto de capacidad de contratación, que era ese tope que antes se le asignaba a cada empresa. En el ejemplo anterior, si una empresa puede hacer obras por 10 millones, ahora podrá llevarse 1, 2 o inclusive los 10 proyectos. Ahora todos competirán con todos.

-Se mantiene un mecanismo para evaluar qué tipo de obras puede tomar cada empresa según su experiencia, pero para estimarlo previamente se contaba solo la obra pública. Por ejemplo, si todas las obras las hubiera hecho un tal Lázaro Báez, entonces solo ese tal Báez estaría habilitado para futuras obras (¿suena?). A un constructor privado o uno extranjero ni los dejaban competir. Todas esas restricciones: ¡Afuera! Y no solo eso, incluso si una empresa no tiene antecedentes podrá suplirlo con patrimonio neto o con garantías. Así, nuevas empresas, grandes y pequeñas, podrán sumarse y competir.

-Se incorporan garantías más agiles y de mayor facilidad de cobro. Hoy estaban sujetas a un engorroso proceso judicial que hacía imposible su ejecución. Esto terminaba favoreciendo a las empresas propensas a incumplir y litigar.

-También se deroga la ley 22.460 unificando el mecanismo de contratación en un único sistema.

Más allá de que este gobierno no va a asumir obra pública provincial o municipal, era imperativo desarmar este esquema de «corrupción legal» que tuvimos que aguantar tantos años y cuyos resultados más recientes fueron Lázaro Báez, José López, la causa de los cuadernos, etc.»

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