Europa ha decidido contribuir a frenar la tala indiscriminada de árboles en los pulmones del mundo. La preocupación global tiene que ver con los bosques que cubren el 31 % de la superficie terrestre, albergan la mayor parte de la biodiversidad terrestre y son esenciales para mitigar el cambio climático. Según la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, nuestro planeta ha perdido unos 420 millones de hectáreas de bosque a causa de la deforestación en los últimos 30 años. “El problema es especialmente acuciante en las regiones tropicales y subtropicales. Los últimos datos indican que la expansión agrícola es la responsable de casi el 90 % de la deforestación en todo el mundo”, se pudo leer en un comunicado de la Unión Europea en 2022.
Brasil se impuso a sí mismo llegar a 2030 con deforestación cero. Según datos de la agencia de investigación espacial INPE, 5.153 kilómetros cuadrados de la Amazonia fueron talados en 2023, lo que significa una mejora del 49,9 % con respecto a 2022. No obstante, es un área más de seis veces más grande que la ciudad de Nueva York.
El 29 de junio de 2023 entró en vigencia el Reglamento Europeo Sobre Productos Libres de Deforestación (EUDR). A partir de 2025, la EUDR requerirá que cualquier compañía que desee comercializar en la Unión Europea, productos como soja, ganado, cacao, café, aceite de palma, madera, caucho y todos sus derivados, debe probar que su procedencia es libre de deforestación. Los operadores deberán presentar una declaración de debida diligencia sobre los productos, que debe revisarse al menos una vez al año.
Se trata entonces de un proceso más dentro de la complejidad exportadora. La empresa que vende a esa comunidad económica tiene que certificar que el producto no procede de tierras deforestadas ni ha provocado degradación forestal, tampoco de bosques primarios irremplazables, después del 31 de diciembre de 2020, afirma la normaitiva de la UE. De esa fecha para atrás no habría problemas.
¿Cómo es el proceso? La Comisión clasificará a los países, o regiones, como de bajo, medio o alto riesgo mediante una evaluación en un plazo de dieciocho meses a partir de la entrada en vigor del reglamento. “Los productos procedentes de países de bajo riesgo estarán sujetos a un procedimiento simplificado de diligencia debida. La proporción de controles que se realizarán a los operadores dependerá del nivel de riesgo del país: 9 % para los países de alto riesgo, 3 % para los de riesgo medio y 1 % para los de bajo riesgo”. Además, “las autoridades competentes de la UE tendrán acceso a la información pertinente facilitada por las empresas, como las coordenadas de geolocalización, y realizarán controles con ayuda de herramientas de seguimiento por satélite y análisis de ADN para comprobar de dónde proceden los productos”.
La sanciones en caso de que no se cumplan las reglas son duras, con una multa multa máxima de al menos el 4 % del volumen de negocios anual total en la UE del operador o comerciante infractor. La nueva ley fue aprobada por 552 votos a favor, 44 votos en contra y 43 abstenciones.
Fuente: La Nación