Con “gusto a poco” por los plazos y por los montos de inversión exigidos. Esa es la síntesis de las opiniones de especialistas y referentes del propio sector sobre el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), que busca posicionarse como una herramienta para impulsar la inversión productiva de esas compañías a partir de beneficios fiscales como la amortización acelerada en el impuesto a las Ganancias y la devolución anticipada del crédito fiscal de IVA. El esquema -vigente desde marzo pero a la espera de la reglamentación operativa por parte de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA)- apunta a incentivar la incorporación de bienes de capital, tecnología y obras vinculadas a la producción.
Economistas y empresarios consultados por LA NACION coinciden en que se trata de un avance relevante como “señal económica” y que “mejora el flujo de caja”, pero también señalan que presenta “limitaciones importantes” como son los montos mínimos (considerados “elevados” para muchas firmas), plazos acotados y cupos presupuestarios que introducen “incertidumbre” y una “marcada diferencia” respecto de los beneficios otorgados a grandes inversores a través del RIGI, el régimen de aliento que está multiplicando los desembolsos en los sectores de minería y energía. En ese equilibrio entre incentivo y restricción se define la potencial real de la herramienta.
Las empresas tendrán hasta dos años parallevar a cabo esas inversiones, los que se cuentan desde el 6 de marzo último. Los mínimos para aplicar al régimen están en línea con el tamaño de la firma: US$150.000 para microempresas; US$600.000 para pequeñas; US$3,5 millones para medianas tramo I y US$9 millones para el tramo II. En términos de montos, las inversiones se computarán sin IVA ni descuentos habituales del mercado, y se exige respaldo documental. Para su conversión a dólares, se tomará el tipo de cambio comprador del Banco Nación del día hábil anterior a la fecha de la factura. Solo no requieren un mínimo las inversiones que se realicen en sistemas de riego, bienes de alta eficiencia energética y mallas antigranizo para el sector agropecuario, y en bienes semovientes.
El economista y empresario pyme Gustavo Lázzariplantea que el RIMI es, básicamente, un régimen de amortización acelerada y de devolución de IVA para inversiones. Señala que la primera es “importantísima, porque mientras más ganancias declaradas más se puede aplicar a inversiones y podría significar que, prácticamente, no se pagará ese impuesto”. El incentivo no pasa por una baja de impuestos, sino por su reconfiguración temporal.
El asesor tributario Nicolás Boglione coincide en ese diagnóstico y precisa: “No se trata simplemente de una reducción de alícuotas, sino de un mecanismo que adelanta el recupero fiscal y mejora la ecuación económica de la inversión en los primeros años”. En esa línea, destaca que el ahorro total de impuesto es el mismo que en el régimen general, pero se concentra en los dos primeros…
Fuente: La Nación